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LÍNEAS DIRECTRICES 2008 - PÚBLICO JOVEN
 
 
 
A. OBJETIVOS DE LA SUBVENCIÓN
1. Conseguir que los espectadores jóvenes se sientan atraídos por las producciones europeas, con el fin de fomentar la renovación del público en las salas de cine de la red.
2. Animar a los exhibidores a que ofrezcan más programación y actividades dirigidas al público joven, incluidos escolares.
3. Promover el desarrollo de políticas de educación cinematográfica y educación a través del cine, llevando a cabo una labor profunda y regular en la que se involucren películas europeas, preferentemente no nacionales.

B. ACCIONES SUBVENCIONADAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

1. Naturaleza y calidad de las actividades

Iniciativas específicas de la sala con respecto a programación y actividades dirigidas a espectadores jóvenes:
- Proyecciones extra dirigidas a escolares y demás grupos organizados.
- Promoción especial o actividades específicas para público joven: eventos regulares, presentaciones, debates, encuentros, etc.
- Festivales, ciclos de cine dirigidos fundamentalmente al público joven.
- Participación activa en programas desarrollados a nivel regional, nacional o europeo.
No se subvencionarán las proyecciones de películas “Público joven” que figuren en la programación general de la sala y que no conlleven promoción especial o actividades específicas.

2. Criterios a considerar

Se tendrán en consideración:
- el número de películas europeas incluidas en la programación de la sala (prioritariamente no nacionales).
Número mínimo de películas requeridas:
Para las salas con una única pantalla: 10 películas europeas, 7 películas europeas no nacionales.
Para las salas con varias pantallas: 13 películas europeas, 9 películas europeas no nacionales.
- el número, la regularidad y la diversidad de actividades organizadas por el exhibidor.
- el número de proyecciones y entradas contabilizadas en el ámbito de estas actividades.
- el porcentaje de proyecciones y entradas “Público joven” incluidas en la programación global de la sala.

Otro factor a tener en cuenta para cada país es el contexto nacional (implicación de las autoridades estatales, situación de la educación del cine, desarrollo de proyectos colectivos, situación de la producción y distribución en el país, etc.). El Comité de expertos también podrá evaluar los resultados de una sala comparándolos con los resultados globales de las salas de la red en el país estudiado.

No se tendrán en cuenta las proyecciones sin audiencia. En caso de que se organicen proyecciones gratuitas, el exhibidor deberá presentar como prueba un contrato con el distribuidor o propietario legítimo.

3. Compromiso e inversión del exhibidor

Para todas las actividades mencionadas anteriormente, el Comité de expertos tendrá en cuenta el esfuerzo real y la inversión propia del exhibidor, especialmente los medios dedicados a la organización y a la promoción de las siguientes actividades: comunicación (publicaciones, página web, correspondencia...), utilización de nuevas tecnologías, espacio especial para público joven, sensibilización de los profesores, coordinación u organización de actividades colectivas, etc.
Asimismo, se tendrán en cuenta las actividades especiales de educación cinematográfica, como talleres, cursos de formación, iniciación al cine, etc.

C. IMPORTE Y REPARTO DE LA SUBVENCIÓN

- Se destinará al apoyo de las actividades destinadas al público joven un máximo de un 20% del importe anual asignado por convenio. Podrá asignarse parte o la totalidad del importe de la subvención según la valoración del Comité de expertos.
- El importe de la subvención para actividades destinadas al público joven está limitado a 5000 € por convenio y no deberá superar 1 € por entrada europea en el ámbito de la programación “Público joven”.

D. PROCEDIMIENTO

Para poder beneficiarse de dicha subvención, los exhibidores de la red deberán enviar a Europa Cinemas un archivo “Público joven” que incluya:
• Un documento general en el que se describa su política dirigida al público joven.
• Un informe “Público joven” completo para cada actividad, en el que también aparezca una lista completa de las películas europeas proyectadas dirigidas al público joven (según el modelo proporcionado).
• Copias de todo el material publicado para el público joven, profesores o presentadores de actividades infantiles; copias del material remitido a instituciones educativas o recreativas; fotos de las actividades.
• En el caso de proyecciones gratuitas, contratos con el distribuidor y facturas de alquiler.
• Material de promoción publicado en la prensa, medios de comunicación o Internet.
Para que sean válidos, todos los documentos deberán acompañarse de justificantes.

E. DECISIONES

La subvención “Público joven” solo se abonará a los exhibidores tras haber realizado un minucioso examen de su archivo “Público joven”, mediante el que se evalúa el esfuerzo y el compromiso del exhibidor con respecto al público joven. Con ocasión de sus reuniones anuales, el Comité de expertos examinará las solicitudes y determinará el importe de la subvención. El Comité tendrá en cuenta la calidad y los resultados de la programación, así como las actividades ofrecidas de conformidad con los objetivos definidos anteriormente, dentro de los límites del presupuesto asignado a Europa Cinemas por la Comisión Europea.
 
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